Se inicia con la primera operación de importación.

Autorización de importación.
El maquilador solicitará la correspondiente autorización de importación en cada operación, para lo cual deberá presentar:

• Nota de solicitud.
• Formularios debidamente llenados:
Formulario 131A – Importación Maquila – Materias primas e insumos
Formulario 131B – Importación Maquila – Bienes de capital
• Declaración jurada de valor emitida por la Matriz / Factura en caso de compra por cuenta y orden de
la Matriz.
• Conocimiento de embarque/Guía aérea.
• Certificado de origen (si fuere MERCOSUR).

Una vez introducida la información al sistema, controlada la correspondencia entre lo soliçcitado y lo previsto en el Programa, se procede a la firma del certificado de Autorización correspondiente, quedando dicho registro habilitado para su importación a través del Sistema Sofía de la DGA. Una vez realizados los despachos el Sistema de Cuenta Corriente importará del sistema Sofía la información necesario para su registro en la Cuenta Corriente respectiva. Requisito obligatorio posterior a la importación: El maquilador deberá acercar a la SE la copia del Despacho respectivo, acompañado de una nota en la cual especifique el Número de Expediente (de presentación de solicitud de autorización de importación) al cual se refiere dicho despacho de importación.

Abrir Whatsapp
Hola!
Buenas! Como puedo ayudarte?